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EU AI Act 2026 Plazos del Reglamento de IA y situación actual.
El Reglamento de IA no se aplica de golpe, sino por etapas. Con el ómnibus digital, la UE aplazó varias fechas en julio de 2026. Aquí están todos los plazos que cuentan para las empresas.
Situación a octubre de 2026, contrastada con el texto del reglamento. Información general, no asesoramiento jurídico.
La situación actual en tres frases
- Las prohibiciones y la obligación de alfabetización en IA se aplican desde febrero de 2025.
- Las obligaciones de transparencia para chatbots, deepfakes y contenidos de IA se aplican desde el 2 de agosto de 2026.
- Las obligaciones para la IA de alto riesgo llegan solo el 2 de diciembre de 2027 y el 2 de agosto de 2028.
Todos los plazos de un vistazo
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1 de agosto de 2024
El Reglamento de IA entra en vigor (art. 113). Todavía no se aplica ninguna obligación.
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2 de febrero de 2025
Disposiciones generales, alfabetización en IA (art. 4) y prohibición de determinadas prácticas de IA (art. 5).
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2 de agosto de 2025
Normas para los modelos de IA de uso general (capítulo V), estructuras de supervisión y sanciones. Afecta sobre todo a los proveedores de grandes modelos de lenguaje.
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27 de julio de 2026
Entra en vigor el ómnibus digital (Reglamento (UE) 2026/1744): nueva redacción del art. 4, plazos aplazados para el alto riesgo, facilidades para las pymes y las pequeñas empresas de capitalización media.
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2 de agosto de 2026
El Reglamento se aplica con carácter general (art. 113), en particular las obligaciones de transparencia del art. 50.
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2 de diciembre de 2026
Nuevas prohibiciones para la IA que genera representaciones sexualizadas de personas identificables sin su consentimiento o representaciones de abuso sexual infantil (art. 5, apdo. 1, letras ba y bb). Hasta entonces, también los sistemas de IA generativa comercializados antes del 2 de agosto de 2026 deben marcar sus resultados de forma legible por máquina (art. 111, apdo. 4).
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2 de diciembre de 2027
Obligaciones para la IA de alto riesgo del anexo III, por ejemplo en recursos humanos, educación o evaluación de solvencia (art. 113, apdo. 3, letra c). Inicialmente estaba previsto el 2 de agosto de 2026.
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2 de agosto de 2028
Obligaciones para la IA de alto riesgo en productos del anexo I, por ejemplo productos sanitarios, juguetes o ascensores. Inicialmente estaba previsto el 2 de agosto de 2027.
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2 de agosto de 2030
La IA de alto riesgo destinada a las autoridades públicas y que ya estaba en el mercado antes debe cumplir los requisitos (art. 111, apdo. 2).
Qué cambió el ómnibus digital
El Reglamento (UE) 2026/1744 se adoptó el 8 de julio de 2026, se publicó en el Diario Oficial el 24 de julio de 2026 y se aplica desde el 27 de julio de 2026. Para las empresas son importantes estos cambios:
- Las obligaciones para la IA de alto riesgo empiezan 16 meses (anexo III) o 12 meses (anexo I) más tarde.
- El art. 4 exige medidas para fomentar la alfabetización en IA, pero no un nivel garantizado.
- La IA que sirve exclusivamente de ayuda al usuario, optimización del rendimiento, automatización, manejo o control de calidad, sin relación con la seguridad, no se considera componente de seguridad (art. 6, apdo. 1 bis).
- En las sanciones deben tenerse en cuenta los intereses de las pymes y de las pequeñas empresas de capitalización media; para estas últimas se aplica en las multas el importe más bajo (art. 99, apdo. 1 y apdo. 6 bis).
- Siguen sin cambios las prohibiciones desde 2025 y el inicio de las obligaciones de transparencia el 2 de agosto de 2026.
Qué significa esto para su planificación
Quien usa IA para textos, investigación, análisis o lectura de documentos debe ocuparse hoy de dos cosas: la alfabetización en IA del equipo y, donde haga falta, el etiquetado.
Quien usa IA, o planea usarla, en la selección de candidatos, la evaluación del rendimiento o la evaluación de solvencia debería aprovechar el tiempo hasta diciembre de 2027. Los requisitos están fijados; solo se ha aplazado la fecha.
Cómo le ayudamos
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Preguntas frecuentes sobre los plazos
¿Cuándo entra en vigor el EU AI Act?
El Reglamento de IA entró en vigor el 1 de agosto de 2024. Sus obligaciones se aplican de forma escalonada: las primeras desde el 2 de febrero de 2025 y la mayoría desde el 2 de agosto de 2026.
¿Se ha aplazado el Reglamento de IA?
En parte. El ómnibus digital aplazó las obligaciones para la IA de alto riesgo al 2 de diciembre de 2027 (anexo III) y al 2 de agosto de 2028 (anexo I). Las prohibiciones, la alfabetización en IA y las obligaciones de transparencia siguen aplicándose como estaba previsto.
¿Ya se aplica la obligación de etiquetado?
Sí, desde el 2 de agosto de 2026. Solo el marcado legible por máquina de los sistemas de IA generativa que ya estaban en el mercado antes se aplica a partir del 2 de diciembre de 2026 (art. 111, apdo. 4).
¿Qué se aplica desde agosto de 2026?
Desde el 2 de agosto de 2026 el Reglamento se aplica con carácter general. Para la mayoría de las empresas significa sobre todo: obligaciones de transparencia del art. 50, además de la alfabetización en IA y las prohibiciones.
¿Dónde encuentro el texto oficial?
En EUR-Lex: el Reglamento (UE) 2024/1689 y el reglamento modificativo Reglamento (UE) 2026/1744.
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